07 Ene 2014
Las cuentas de pagos a justificar  correspondientes a esta sección del cuadro de clasificación se definen como los expedientes generados periódicamente por los pagadores habilitados de la Consellería de Presidencia u órgano que la sucediese en el proceso de justificación, de acuerdo con el régimen de contabilidad pública, de los fondos librados con este carácter a su favor para atender los gastos que en el momento de reconocer su obligación de pago no se pudieron acompañar de los documentos acreditativos pertinentes, con cargo a aquellas aplicaciones presupuestarias que así se establezca legalmente (normalmente, de funcionamiento o de partidas concretas del capítulo de inversiones).