28 Jun 2019
28 Jun 2019
A principios de 1789, suscitouse un preito entre os canteiros da cidade por un motivo aparentemente banal. Falecido en decembro de 1788 o rei Carlos III, sucedeuno no trono o seu fillo Carlos IV. Por iso, a Coroa dispuxo que se celebrasen “funciones reales” en todas partes para manifestar a ledicia do comezo do novo reinado. A principios de 1789, se suscitó un pletio entre los canteros de la ciudad por un motivo aparentemente banal. Fallecido en diciembre de 1788 el rey Carlos III, le sucedió en el trono su hijo Carlos IV. Por eso, la Corona dispuso que se celebrasen "funciones reales" en todas partes para manifestar la alegría del comienzo del nuevo reinado. Con el apoyo del Corregidor, el Gremio del "DivinoEspíritu Santo de esta ciudad, que rije el de cantería, manpostería y tonelería” pretendió que los numerosos canteros foráneos, muchos de ellos de Moraña y otros lugares de las proximidades de Pontevedra, que no formaban parte de él, pagasen, como cada miembro de la corporación, 10 reales para contribuir a la fiesta pública. Pero aquéllos se opusieron de forma tenaz y acudieron directamente a la Real Audiencia. “Pedro Durán, Manuel Díaz, Hurbano Durán... todos de oficio canteros exponen... allarse actuamente en esta ciuad algunos de ellos de poco más de quinze días a esta parte trabajando por su oficio en diferentes obras a jornal para con él subsidiar a sus mugeres y familias que tienen en sus respectivas feligresías y jurisdiciones...” Tras diversos titubeos y lances, la Real Audiencia ordenó cumplir lo dispuesto por el Corregidor de la ciudad y que los contratistas de todas las obras retuviesen el salario de todos los canteros que estuveisen trabajando en la ciudad en aquel momento. Según una petición que presentaron los canteros foráneos, serían cerca de 200, con lo que calculaban que, a 10 reales que contribuyesen cada uno de ellos, la fiesta del Gremio del Espíritu santo podía ser muy buena... El día 10 de febrero, un escribano notificó a Antonio Caeiro, "aparejador de las obras de la Torre", la orden del Corregidor:   “... pongo por delixencia haver pasado al sitio nombrado la torre de ércules, y pegado a ésta donde se allan travajando varios canteros piedras para la composición de dicha torre...” Pero este alegou que entregara a lista dos canteiros “a don Pablo Colonet para el abono de los salarios bencidos de los empleados, y que luego que la recoja la entregará...” Colonet dixo que “no tiene otra lista ni razón más del número de veinte y nueve de aquéllos...” e que había que falar co contratista, don José Elejalde, “ a cuio cargo se alla el asiento de aparejar dichas piedras y la paga de los veinte y nuebe canteros que constan travajan en ellas...” Pero éste se excusó porque: “no puede retener lo que se le mande ni hacer dicho apronto porque los citados canteros no travajan a jornal y sí a destajo y por piezas, y descontándoles los citados diez reales a cada uno, no siendo gustantes de ello, no quererán proseguir en el travajo y se verá el que responde en la necesidad de no poder cumplir con la obligación del asiento, que es a lo que aspira... por lo qual y admás de ello estar a cuidado de don Eustaquio Jiannini el admitir o despojar los operarios...” Tampoco tuvo más suerte el escribano con don José Antonio Lequerica, tesoreio del Real Consulado, “a cuio cargo se alla el pagar los jornales de diez y ocho canteros que trabajan en el asiento de las piedras de la composición de la torre de ércules [entendemos que eran outros diferentes dos 29 citados], le enteré del contenido de mi comisión...que... dijo... “que siempre y quando que el señor prior y cónsules se lo manden retener y abonen en los libramientos estará pronto a ello, pues de otro modo se allará con los libramientos por firmar y ará responsable de qualquiera resultas...” Los canteros siguieron oponiendo resistencia y presentaron nuevas peticiones en la Audiencia, que acordó finalmente paralizar la retención de salarios y recibir el pleito a prueba, punto en el que finalizar el expediente que conservamos en el Archivo.  Este pleito tiene la signatura 16.203/25 del fondo de la Real Audiencia de Galicia (http://arquivo.galiciana.gal/…/es.…/gl/consulta/registro.do…) La fotografía puede datarse en la década de los años 1920. Tiene la signatura 514 da Colección fotográfica (http://arquivo.galiciana.gal/…/es.…/gl/consulta/registro.do…)