14 Dic 2020
14 Dic 2020

   El día 23 de septiembre de 1939 tuvo lugar en Santo André de Teixido e Teixidelo, municipio de Cedeira (A Coruña), una lluvia torrencial que produjo graves daños en los “tres únicos caminos de comunicación con San Andrés”. El Alcalde de Cedeira solicitó ayuda al Gobierno Civil y este trasladó la petición al Ministerio de la Gobernación.   

En el informe que el alcalde de Cedeira remitió al Gobierno Civil se dice que:  

“El lugar de San Andrés se halla enclavado en un profundidad rodeado de altos montes teniendo como único acceso tres cuestas muy pendientes por las que se sirven los labradores, una para venir a esta villa, otra que presta servicio para la Feria de la Barquera, en el Ayuntamiento de Cerdido, y otras parroquias de este Ayuntamiento y la tercera que comunica con inmediatos lugares ye es la única que conduce a Ortigueira.”  

Los únicos vehículos que circulaban por esos caminos eran, según el informe, unos carros sin ruedas denominados “rastros”, “único medio de locomoción por tracción animal que , por lo pendiente de las cuestas puede utilizarse.”  

El impacto de la lluvia fue tal que produjo grandes socavones en esos caminos o cuestas “de más de dos metros de extensión y alguno de metro y medio de profundidad, y en casi toda su longitud, que oscila entre dos y quatro kilómetros”, impidiendo incluso la circulación de estos primitivos artefactos.   A los “rastros” se refiere Xaquín Lorenzo Fernández (“rastras ou corzas” los denomina el) no volume dedicado a Etnografía: cultura material da Historia de Galiza dirixida por Ramón Otero Pedrayo, publicada en Bos Aires pola Editorial Nós en 1962 (V. II, p. 726), que cree que no debe considerarse sin más antecedente del carro. Dice que se empleaba para el transporte de la leña, del henos y, sobre todo, de piedras grandes.  

El Gobernador Civil trasladó la petición de ayuda que le hacía el alcalde al Ministerio de la Gobernación, pero el Subsecretario de la Gobernación contestó tajante que “en el Presupuesto de este Ministerio no existe cantidad alguna para el socorro de los perjudicados con los temporales, debiendo ese Gobierno, con los medios que estén a su alcance, atender en lo posible las necesidades a que se refiere su citada comunicación”. Se ve que por entonces existían otras prioridades para el Ministerio de la Gobernación.    

Este expediente tiene la signatura 32534-100 y pertenece al fondo del Gobierno Civil de la provincia de A Coruña. Lo acompañamos de la sección del mapa de Galicia de Domingo Fontán correspondiente a la parte noroccidental de Galicia (Sign. CCMB-84-2).