Consejo de Archivos de Galicia

El Consejo de Archivos de Galicia

El Consejo de Archivos de Galicia es el órgano colegiado, consultivo de asesoramiento, cooperación y participación en materia de archivos, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Galicia, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 33 y en la disposición transitoria primera de la Ley 7/2014, de 26 de septiembre, de archivos y documentos de Galicia.

El Consejo se crea en el Decreto 25/2016, de 3 de marzo, por el que se regula su composición y funcionamiento (DOG núm. 57 de 23 de marzo de 2016). Queda constituido en la 1º sesión ordinaria celebrada el día 13 de julio de 2016.

Consello aval

 

Consejo de Archivos de Galicia

Composición

El Consejo de Archivos de Galicia está compuesto por una presidencia, tres vicepresidencias, una secretaría y doce vocalías:

Presidencia

  • La persona titular de la consejería competente en materia de archivos y patrimonio documental. 

Vicepresidencia Primera

  • Persona titular del órgano superior competente en materia de archivos y patrimonio documental. 

Vicepresidencia Segunda

  • Persona titular del órgano de dirección de la consejería competente en materia de valoración y  reforma administrativa. 

Vicepresidencia Tercera

  • Persona titular del órgano de dirección de la consejería u entidad instrumental competente en materia de administración electrónica y sistemas de información. 

Secretaría

  • Persona titular de la jefatura de servicio del Sistema de Archivos de Galicia. 

Vocales

  • En representación de la Administración autonómica de Galicia. 
    • La persona titular de la subdirección general con competencias en materia de archivos. 
    • Tres personas en representación del Sistema de Archivos de la Xunta de Galicia, propuestas por el órgano superior competente en materia de archivos y patrimonio documental. 
  • Una persona en representación de los archivos del Parlamento de Galicia, del Consejo de Cuentas de Galicia, del Consejo de la Cultura Gallega o del Consejo Consultivo de Galicia, a propuesta de los órganos superiores de cada institución. Se establece la rotación de cada órgano con la  prelación indicada por cada período de renovación. 
  • Una persona en representación de los archivos judiciales de Galicia, a propuesta del órgano superior competente en materia de justicia. 
  • Una persona en representación de los archivos de las universidades gallegas, propuesta por el Consejo Gallego de Universidades. Se establecerá una rotación entre las tres universidades en el  siguiente orden: Universidad de Santiago de Compostela, Universidad de A Coruña y Universidad de Vigo, por cada período de renovación. 
  • Dos personas en representación de los archivos de las entidades locales, propuestas por la Federación Gallega de Municipios y Provincias. 
  • Una persona en representación de los archivos de las entidades y asociaciones de derecho público o privado, de carácter profesional, político, sindical, cultural, educativo o religioso de Galicia, a propuesta del órgano superior competente en materia de archivos y patrimonio documental. Se establecerá una rotación entre  dichas entidades y asociaciones por cada período de renovación. 
  • Una persona en representación de las asociaciones profesionales de archiveros/as existentes en Galicia, propuesta por el órgano superior con competencias en materia de archivos y patrimonio documental. Se establecerá una rotación entre  dichas entidades y asociaciones por cada período de renovación. 
  • Una persona de reconocido prestigio en el ámbito de los archivos y del patrimonio documental, a propuesta del órgano superior competente en materia de archivos y patrimonio documental. 
     

Consejo de Archivos de Galicia

Contacto

Subdirección xeral de Arquivos e Museos, Cidade da Cultura, Edificio Biblioteca e Arquivo de Galicia, Monte Gaiás s/n Santiago de Compostela.

servizodearquivos.cultura@xunta.gal

 

 

Consejo de Archivos de Galicia

Funciones

Son funciones del Consejo de Archivos de Galicia 

  • Emitir informe con carácter preceptivo  
    • Sobre los reglamentos que se dicten en desarrollo de la Ley 7/2014, de 26 de octubre. 
    • Sobre la incorporación de los archivos al  Sistema de Archivos de Galicia. 
    • Sobre el régimen de protección de los bienes considerados patrimonio documental de Galicia. 
    • Sobre la declaración de bienes del patrimonio documental como bienes de interés cultural, así como su inclusión en el catálogo o en el Inventario general del patrimonio cultural de Galicia. 
  • Emitir informe al órgano superior competente en materia de archivos y patrimonio documental
    • Sobre los planes relacionados con la política archivística que pretenda aprobar la Xunta de Galicia. 
    • Sobre las normas técnicas básicas a las cuales deben adecuarse los sistemas de gestión documental de los archivos que forman parte del Sistema de Archivos de Galicia. 
  • Emitir informe sobre las cuestiones, en relación con el Sistema de Archivos de Galicia,  que someta a su  consideración la persona titular de la consejería o del órgano superior competente en materia de archivos y patrimonio documental. 
  • Proponer al órgano competente en materia de archivos y patrimonio documental
    • Actuaciones e iniciativas para el mejor funcionamiento del Sistema de Archivos de Galicia, así como para la mejora y el desarrollo de los procesos de digitalización, preservación, accesibilidad y difusión en linea del material cultural digital. 
    •  Políticas activas para contribuir a la transparencia y al a la información pública e a la reutilización de datos en poder de las administraciones. 
  • Cualquiera otra función que se le encomiende reglamentariamente relativa al asesoramiento sobre la organización, estructuración y ordenación del Sistema de Arquivos de Galicia.