Caza
En mayo de 1595, tres hermanos apellidados González (Xoán, Alonso y García), y Antonio Fernández, vecinos de San Lourenzo de Vilatuxe, fueron condenados por el juez de Lalín, tierra de Deza, a pagar 16 ducados y otras penas pecuniarias por robarle un ciervo a unos cazadores a sueldo de un tratante de Ribadavia.
Los demandados apelaron a la Real Audiencia de Galicia y ésta, tras pedir que le enviaran una copia del proceso y realizar las oportunas pruebas, falló a favor del comerciante, pues consideró que había probado bien su derecho.
El relato que del suceso hizo el tratante y las declaraciones de las testigos tienen mucho interés, tanto por la descripción en sí misma como por la información que ofrecen sobre una modalidad de caza comercial desarrollada por monteros profesionales con financiación comercial.
El tratante, Gaspar Rodríguez, se querelló contra los hermanos González y su compañero porque:
“... ayer, que se cumplieron tres días de este presente mes de mayo, Adán de Bergantiños y Gregorio de Muela y Álbaro Ramos, caçadores que traya yo a caçar un benado o jabalí en la jurisdicción de Orcellón, lebantaron un cierbo y lo hirieron y bino la morir en los Vilares..., y en quanto los monteros benyeron a buscar un carro para lo llebar, los sobredichos (acusados)... con ballestas fueron urtar suvratiçiamente y lo partieron...
“Paguen diez ducados que balía él çierbo, con más veinte ducados que me gastaron los monteros, porque a más de veinte días que a mi costa andaban caçando y en todo el tienpo no mataron otra cosa”.
Una testigo que presentó el tratante dijo que, tras herir al ciervo, los cazadores lo habían seguido por el monte hasta ver que se había refugiado en el río de Gondoriz, donde lo habían rematado, y luego lo habían dejado para ir a buscar el carro. Había sido en ese momento cuando los acusados “saltaron con él y lo desollaron y llebaron con todo ello...”
Uno de los cazadores dijo que llevaban varios días de caza por los montes de la jurisdicción de Orcellón y Montes, pero que en todo ese tiempo:
“no avían muerto cierbo, ni jabalí ni otra cosa alguna asta que el miércoles pasado... beniendo este testigo y Juan de Muela y Adán de Bergantiños todos tres por el monte que se dize de Bascobo... allaron un çierbo grande y el te lo dice Bergantiños le tiró una escopeta y lo hirió por el hijar junto a los quartos traseros de una herida de que murió. Así este testigo y los sobredichos benyeron con los perros segyéndole y trayanlos siempre a bista, por cor[r]er muy poco por benir uno herido y no poder correr, y así él.. çier[bueno] si bino herido... y se metió en él río de Gondriz, y así benyendo... lee bolbió a cazar este testigo con una ballesta y lee pasó por él medio de él bientre, y así... si salió de él río, y allí lo dejaron quedar muriente...
“ y se binieron al lugar de Gondriz beber, por beniren cansados y para llebar un carro para llebar... él cierbo que quedaba muriente, y quando bolbieran los tres juntos... con él cierbo... (los demandados) lo arreglan desollado y echo pedaços, y él te lo dice Alonso Gonçález repartía él te lo dice cierbo la pedaços con los sobredichos, y así como llegaron... si escondieron y fueron con... él cierbo echo pedaços...”
Este pleito tiene la signatura 721-37 del fondo documental de la Real Audiencia de Galicia. En Galiciana. Archivo Digital de Galicia encontramos otra referencia a un proceso semejante, tramitado 50 años después contra unos labradores de Santa Baia de Bando que habían ocultado un ciervo herido: http://arquivo.galiciana.gal/arpadweb/es.ga.15030.arg/gl/consulta/regis…